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Sanciones impuestas por el Consejo de Honor

El Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Fútbol decidió suspender a varios jugadores y personal del cuerpo técnico, luego de la celebración de la séptima jornada del Torneo Clausura.

Carlos Terán, presidente; Domingo Arias y Domingo González Yánez, miembros; y Amarilis Belisario, secretaria ejecutiva, decidieron lo siguiente con base a la normativa vigente:

  • Kleudes García (Deportivo Petare) 1 partido de suspensión por recibir doble amonestación en un mismo encuentro.
  • Ryan Izquierdo, Utilero (Aragua FC) 2 partidos de suspensión por insultar con palabras obscenas al árbitro principal.
  • Orlando Pérez (Tucanes de Amazonas FC) 1 partido de suspensión por recibir doble amonestación en un mismo encuentro.
  • Framber Villegas (Tucanes de Amazonas FC) 1 partido de suspensión por recibir doble amonestación en un mismo encuentro.
  • Víctor Barraza (Zulia FC) 1 partido de suspensión por recibir doble amonestación en un mismo encuentro.
  • Carlos Fernández (Trujillanos FC) 1 partido de suspensión por recibir doble amonestación en un mismo encuentro.
  • Carlos López (Deportivo Anzoátegui) 1 partido de suspensión por recibir doble amonestación en un mismo encuentro.
  • Nicolás Massia (Llaneros de Guanare FC) 1 partido de suspensión por recibir doble amonestación en un mismo encuentro.
  • “Respecto a los hechos irregulares de carácter no competicionales pero eminentemente antideportivos y atentatorios contra la integridad física de los espectadores y orden competitivo social, suscitado al minuto 88 que impidieron la normal culminación del partido escenificado entre los equipos Aragua FC vs CD Lara el día 26 de febrero de 2012 en el campo de fútbol ‘Giuseppe Antonelli’ de la ciudad de Maracay estado Aragua, se ordena abrir las averiguaciones correspondientes a los fines de determinar las responsabilidades disciplinarias de los clubes participantes. Acuerda:

 

PRIMERO: Dictar medida preventiva de inhabilitación de la instalación deportiva campo de fútbol ‘Giuseppe Antonelli’ de la ciudad de Maracay, estado Aragua, hasta tanto sean decididos las presentes averiguaciones. En este sentido se ordena participar a la Comisión de Torneos Nacionales Inter – Clubes para que le haga efectiva y cambie la sede donde deben jugarse los partidos fijados en el Calendario Oficial del Torneo Clausura de la temporada 2011 – 2012, hasta fuera de la jurisdicción del estado Aragua y a mas de 200 km de la instalación que sirve como sede competitiva, así como cualquier partido otro partido que deba realizar como local, hasta tanto sean decididas las presentes averiguaciones.

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SEGUNDO: Solicitar al representante del Club Aragua FC la presentación de un informe en un lapso de cinco días.

TERCERO: Solicitar al Club CD Lara la presentación de un informe, dentro de un lapso de cinco días.

CUARTO: Dictar medida preventiva de suspensión provisional a los clubes Aragua FC y CD Lara del derecho de solicitar el 20% del aforo del estadio donde les corresponda jugar como visitantes, en la forma programada en el Calendario Oficial del Torneo Clausura de la temporada 2011 – 2012, así como cualquier otro partido que deba realizar.

QUINTO: Solicitar a la Comisión de Torneos Nacionales Inter – Clubes la presentación de un informe dentro de un lapso de 5 días.

SEXTO: Se ratifica como resultado de en cuanto 1 x 1.

SÉPTIMO: Cítese al Árbitro Principal, Giovanni Perluzzo y al Delegado de Campo, Edgar Duran a que comparezcan ante la sede del Consejo de Honor”.

 

  • “Respecto a los hechos irregulares de carácter no competicionales pero eminentemente antideportivos y atentatorios contra el orden competitivo social, suscitado al finalizar el encuentro escenificado entre los equipos Atlético el Vigía vs Deportivo Táchira, el día 26 de febrero de 2012 en el campo de fútbol del estadio “Ramón ‘gato’ Hernández” de la ciudad de El Vigía, estado Mérida se ordena abrir las averiguaciones correspondientes a los fines de determinar las responsabilidades disciplinarias de los clubes participantes. Acuerda:

PRIMERO: Dictar medida preventiva de suspensión provisional Al Club Deportivo Táchira del derecho de solicitar el 20% del aforo del estadio donde les corresponda jugar como visitantes, en la forma programada en el Calendario Oficial del Torneo Clausura de la temporada 2011 – 2012, así como cualquier otro partido que deba realizar.

SEGUNDO: Solicitar al representante del Club Atlético el Vigía la presentación de un  informe detallado en un lapso de 5 días.

TERCERO: Solicitar al Club Deportivo Táchira la presentación de un  informe detallado en un lapso de 5 días.

CUARTO: Cítese al Delegado de Campdel encuentro, Leomar Navas a que comparezca ante la sede del Consejo de Honor”.

FVF
Foto: Prensa Deportivo Táchira
LaVinotitnto.com

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