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Nuevas normas para la Temporada 2012 – 2013

La Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol dio a conocer las nuevas disposiciones normativas complementarias que regirán las actividades de la Comisión de Torneos Nacionales Inter – Clubes durante la Temporada 2012 – 2013.

Con el comienzo del nuevo año también inicia un ciclo de preparación de las Selecciones Nacionales de las Categorías Sub 20 que agrupa a los jugadores nacidos en los años 1995 y 1996 es por esto que se hace necesario la inclusión de estos jugadores en los equipos de categorías superiores a su edad como establecen las Normas Reguladoras de la Temporada 2012 – 2013.

Se acordaron las siguientes modificaciones:

1º Modificar a partir del día 01 de Enero de 2013, el artículo 34 de las Normas Reguladoras de la Categoría Inter – Regional en los siguientes términos:

“En los Campeonatos Sub 20 y Sub 18, por ser esta una categoría de desarrollo de talentos en función de la integración de las Selecciones Nacionales, solamente se podrán inscribir varones de nacionalidad venezolana y hasta un máximo de dos (2) jugadores extranjeros en posesión de la Cédula de Identidad Expedida por el SAIME. Las edades requeridas para solicitar una Licencia de Juego en las Categorías Sub 20 y Sub 18 serán las siguientes:

a) En la Sub 20, los nacidos entre 01-01-1993 y hasta el 31-12-1995

b) En la Sub 18, los nacidos entre el 01-01-1995 y hasta el 31-12-1996 y se podrán

inscribir un máximo de 5 jugadores nacidos en 1997 con autorización de sus representantes.

2º Modificar a partir del día 01 de enero de 2013, el artículo 50 de las Normas reguladoras de la Categoría Nacional en los siguientes términos:

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“Todo Club de la Categoría Nacional durante el desarrollo de la Temporada 2012-2013, inscribirá para cada juego, con carácter obligatorio, en nómina inicial de jugadores titulares, hasta un mínimo de un (1) jugador venezolano, de los registrados en Primera División, Segunda División, Tercera División, Sub 20 y Sub 18, nacido en los años 1993, 1994, 1995 y/o 1996, que no estén sometidos a sanción disciplinaria alguna. La violación de esta disposición será considerada alineación indebida, con las consecuencias reglamentarias que tal acto acarrean”·

“Todo jugador nacido en los años 1993, 1994, 1995 y/o 1996, inscrito con carácter obligatorio, en la nómina de titulares sólo podrá ser sustituido durante el desarrollo del encuentro por otro jugador venezolano registrado en la misma edad y condiciones”.

“Todo jugador nacido en los años 1993, 1994, 1995 y/o 1996 que haya ingresado en reemplazo de otro jugador de igual condición durante el desarrollo del encuentro, podrá ser sustituido por un jugador de edad libre”.

“ Todo jugador nacido en los años 1993, 1994, 1995 y/o 1996 activo en juego, podrá ser sustituido por un jugador de edad libre, si en cancha se encuentra otro jugador venezolano registrado de la misma edad y condición, que podrá ser sustituido igualmente por un jugador de edad libre”.

 

“Cuando un Club inscriba dos jugadores nacidos en los años 1993, 1994, 1995 y/o 1996 en la nómina de titulares, ambos podrán ser sustituidos durante el desarrollo del encuentro por jugadores de edad libre”.

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