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Declaran culpables a Messi y su padre por evasión fiscal

La Audiencia de Barcelona condenó a 21 meses de cárcel al futbolista internacional argentino del FC Barcelona, Lionel Messi, y a su padre por haber defraudado 4,1 millones a Hacienda, mediante un entramado de sociedades interpuestas, si bien podrán evitar la cárcel al no ser la pena superior a los dos años.

En la sentencia, que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, la sección octava de la Audiencia de Barcelona recrimina a Messi que optara por una “ignorancia deliberada” sobre la gestión de sus ingresos por la explotación de sus derechos de imagen, ante la “sospecha justificada” de que el entramado societario del que se valía no era “claro y nítido”.

“Quien trató de eludir la norma, por el camino que sea, no puede resultar beneficiado por ello, amén de que con la impunidad en esos casos se dirige a la ciudadanía el mensaje de que es preferible inhibirse que preocuparse”, sostiene el fallo.

El FC Barcelona expresó su apoyo a la estrella azulgrana y a su padre y apuntó, en concordancia con el criterio de la Fiscalía (que exculpó al futbolista), que el jugador “ya regularizó su situación” ante la Agencia Tributaria.

En el juicio, el Fiscal acusó sólo al padre del futbolista, para quien solicitó 18 meses de cárcel, mientras que la Abogacía del Estado pidió una condena para ambos de 22 meses y 15 días de cárcel.

El tribunal, que condena a Lionel Messi por tres delitos contra la Hacienda Pública (a razón de siete meses de cárcel cada uno), también le impone al cinco veces ganador del Balón de Oro una multa de 2 millones de euros por defraudar a Hacienda 4,1 millones de euros en sus declaraciones del IRPF de 2007, 2008 y 2009.

La Audiencia aprecia la atenuante de reparación del daño, ya que Messi pagó antes del juicio a Hacienda la totalidad del dinero defraudado, a excepción de 21.328 euros que aún siguen pendientes.

En la sentencia, el tribunal califica de “extrema gravedad el fraude cometido” y rebate la principal tesis esgrimida por la estrella azulgrana, que en el juicio alegó que desconocía por completo las decisiones que se tomaban en relación a la explotación de sus derechos de imagen, ya que se limitaba a jugar al fútbol, que las decisiones las tomaban sus abogados y que él nunca preguntó nada porque se fiaba de su padre, que es quien gestiona su patrimonio.

Para el tribunal, “el desconocimiento evitable, derivado de la indiferencia, no es un error, y no puede provocar una descarga de la responsabilidad”.

La Audiencia concluye que Messi optó por una “ignorancia deliberada” al evitar tener información que estaba a su alcance, por “medios fiables, rápidos y ordinarios” y advierte de que su desconocimiento del derecho fiscal no le exime de comprender algunos aspectos “desproporcionados”, como que en los años 2007 y 2009 la declaración del IRPF le saliera a devolver.

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“Cuando se aprecia una indiferencia tan grave como la que nos ocupa, ya que, a pesar de todas las circunstancias y oportunidades que tuvo el jugador de conocer cómo se gestionaban sus derechos, no lo hizo, no cabe sino considerar que se actuó con dolo (voluntad deliberada de cometer delito)… con la consciencia de que se va a realizar un acto ilícito”, remarca la sentencia.

El tribunal recrimina a Messi que optara por esa “indiferencia” pese a que existía una “sospecha justificada” sobre la licitud del método utilizado para gestionar sus ingresos, a través de sociedades interpuestas en las que era el único socio, en países con una fiscalidad laxa y “dejando de leer sistemáticamente todos y cada uno de los contratos que fue firmando a lo largo de esos años”.

Para enfatizar su tesis, la Audiencia esgrime una sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2006 que subraya que “la persona que no quiere conocer voluntariamente el origen de los efectos sobre los que actúa, puede afirmarse que conoce ese origen delictivo, pues con su acto de negar las fuentes de conocimiento se está representando la posibilidad de la ilegalidad de su actuación”.

Respecto a la actuación del padre, Jorge Horacio Messi, la Audiencia subraya que “colaboró con actos decisivos” a la ejecución del plan “que se fue forjando a lo largo del tiempo” para defraudar a Hacienda: “Sin su intervención, no se habría cometido el delito, cooperando de forma directa, decisiva y necesaria en su consecución”.

El tribunal insiste en que no le queda “la menor duda” de que, mediante una serie de contratos para crear un entramado de sociedades pantalla, los Messi ocultaron a Hacienda la realidad de los ingresos por los derechos de imagen del astro argentino, que revertían al propio jugador.

“La valoración conjunta de todo lo actuado, ponderado con prudencia y en conciencia, lleva a este Tribunal al pleno convencimiento de que los acusados eludieron el pago de los ingresos percibidos por la explotación de los derechos de imagen del jugador Lionel Messi, mediante una compleja maniobra negocial que no tenía más finalidad que la de ocultar a la Hacienda pública los ingresos generados por la mencionada explotación y quién era el verdadero perceptor de los mismos”, subraya la Audiencia.

En este sentido, el tribunal considera probado que los Messi “simularon una serie de operaciones que se fueron sucediendo en el tiempo y que tenían como elemento característico un engaño a la Hacienda, materializando en una ocultación maliciosa de datos fiscalmente relevantes”.

EFE
Foto: Archivo
Lavinotinto.com

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